Aprobadas las Bases para la selección de personas destinatarias del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía”, conforme a la ORDEN de 22 de junio de 2017, por la que se prorrogan para el ejercicio 2017 algunas medidas aprobadas del Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía.

BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAS DESTINATARIAS DEL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN DE ANDALUCÍA 2017.

  1. OBJETO

  2. Las presentes bases regulan la convocatoria y procedimiento para la selección en Santaella de las personas destinatarias del Programa Extraordinario de Ayuda da la Contratación de andalucía para el ejercicio 2017, conforme a la ORDEN de 22 de junio de 2017 (BOJA no 124, de 30 de junio de 2017), por la que se prorrogan algunas medidas aprobadas por el Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía (BOJA n.0 113, de 13 de junio de 2014), participando el Ayuntamiento de Santaella con una asignación de 34.096,00 euros para dicha finalidad.

  3. PERSONAS DESTINATARIAS

  4. Son destinatarios del Programa, las personas en edad laboral que pertenezcan a una unidad familiar que al día de presentar la solicitud reúnan los siguientes requisitos, establecidos en el artículo 8 del citado Decreto-Ley:

    a) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa se encuentren en situación de demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no havan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud. 

    b) Que en el momento de la presentación de la solicitud, pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias: 

    1°. Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud, todos las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de género y las personas andaluzas retornadas. 

    2°. Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea:

    -Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona (537,84 euros/mes x 6= 3.227,04 €).

    -Inferior a 1,3 veces el IPREM para unidades familiares de dos personas (699,19 euros/mes x 6= 4.195,15 €).

    -Inferior a 1,5 veces el IPREM para unidades familiares de tres personas (806,76 euros/mes x 6= 4.840,56 €).

    -Inferior a 1,7 veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas (914,33 euros/mes x 6= 5.485,97 €).

    A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa.

    c) Que en el momento de presentación de la solicitud la persona solicitante se encuentre empadronada en el Municipio de Santaella.

    d) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe realizado por la trabajadora social de los Servicios Sociales Comunitarios. El informe social sólo se emitirá si la persona solicitante cumple los requisitos señalados anteriormente en esta base.

    Los requisitos establecidos deberán reunirse en el momento de la presentación de la solicitud. No obstante, respecto del requisito consignado en el punto e), serán los

    propios Servicios Sociales del Ayuntamiento de Santaella los encargados de la comprobación y declaración, en su caso, de la concurrencia de tal requisito.

  5. CONCEPTO DE UNIDAD FAMILIAR

  6. Se considera unidad familiar la constituida por la persona destinataria del Programa y, en su caso, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita u otra relación análoga debidamente acreditada y los hijos e hijas de uno u otro si existieren, con independencia de su edad, así como en su caso las personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar, que residan en la misma vivienda.

  7. SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACION.

  8. Las personas interesadas deberán solicitarlo mediante el impreso ANEXO I del Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, el cual podrá ser recogido por las personas interesadas en las dependencias del propio Ayuntamiento, sito en Plaza Mayor n° 6, en horario de atención al público, o en la página web del Ayuntamiento de Santaella:

    Las solicitudes de participación iran dirigidas a la Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Santaella y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Santaella, en Plaza Mayor n° 6, en horario de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. De presentarse en algún otro registro o por algún otro medio de los establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se entenderán como fecha de la solicitud la de entrada en el Registro Oficial del Ayuntamiento de Santaella. El plazo de presentación de solicitudes será desde el 6 al 20 de noviembre de 2017, ambos inclusive.

    La convocatoria, así como las sucesivas comunicaciones que resulten necesarias en el marco de la misma, se realizarán a través del Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Santaella, surtiendo efectos de notificación desde su publicación en este medio.

    Asimismo se dará publicidad a dichas comunicaciones en la página web del Ayuntamiento.

  9. DOCUMENTACION ADJUNTA A LA SOLICITUD

1°. Las personas interesadas deberán necesariamente adjuntar a la solicitud ANEXO I, la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del Número de Identidad de Extranjero (NIE) de la persona solicitante y de todos los mayores de 16 años.

b) En el supuesto de matrimonio con o sin descendencia, o familias monoparentales con hijos o hijas, el correspondiente libro de familia. En su caso, documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar. 

c) En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el Registro de Parejas de Hecho que corresponda, o acreditación suficiente oor otros medios de su relación de convivencia, y si se tuviesen descendencia, además, el libro de familia.

d) El Ayuntamiento incorporará de oficio un Certificado de empadronamiento acreditativo de que todas las personas que constituyen la unidad familiar cumplen con el requisito definido en el artículo 8.b)1.0 del Decreto-ley. 

e) Declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos netos percibidos por todas las personas componentes de su unidad familiar durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud (MODELO ADJUNTO – ANEXO 11).

f) Informe de períodos de inscripción que acredite que la persona solicitante figura como demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo el día de la presentación de la solicitud para acogerse al Programa.

g) Informe de vida laboral actualizada de todos los miembros mayores de 16 años, en el que se refleje el año anterior a la solicitud.

h) Sentencia de separación o divorcio, y convenio regulador en su caso.

i) Sentencia o auto judicial de procedimiento de desahucio, en su caso.

2°. Para valorar las circunstancias contempladas en el artículo 9 del DecretoLey 8/2014, que priorizan la adjudicación de los contratos según lo establecido en la Base 8a, deberá aportarse además y según corresponda:

a) Copia del Título de Familia Numerosa.

b) Certificado de discapacidad o situación de dependencia.

c) Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención yprotección integral contra la violencia de género.

(Para más información descargarte las bases y anexos adjuntados a la derecha).