Plazo: 10 al 30 de noviembre de 2023. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas reguladoras de la concesión de ayudas por parte del Ayuntamiento de Santaella a diferentes sectores del ámbito empresarial local con la finalidad de fomentarlos, dinamizarlos y modernizarlos.

ACCIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍAS.

Línea 1: Subvenciones a autónomos y empresas de la localidad con actividad turística: Una cuantía máxima de hasta el 50 % de la inversión a realizar, con un tope de 600 euros. Debiendo incluir información turística, monumental y de localización del Municipio de Santaella, así como de ceder al ayuntamiento un número de ejemplares previamente acordado (en el caso de catálogos, folletos o carteles)

Línea 2: Creación de nueva actividad empresarial industrial productiva. La cuantía a subvencionar será de máximo hasta el 50 % de la inversión a realizar, con un tope de 3.000 euros

Línea 3: Creación de pequeño y mediano comercio no industrial. La cuantía a subvencionar será de máximo hasta el 50 % de la inversión a realizar, con un tope de 1.600 euros.

Línea 4: Traslado de empresas industriales productivas ya existentes desde el casco urbano a alguno de los Polígonos Industriales, o zonas de influencia de los mismos definida por el Ayuntamiento, la cuantía a subvencionar será de máximo hasta el 50 % de la inversión a realizar, con un tope de 1.800 euros.

Línea 5: Traslado del negocio a la zona comercial preferente definida por el Ayuntamiento, la cuantía a subvencionar será de máximo hasta el 50 % de la inversión a realizar, con un tope de 900 euros

Línea 6: Mejora estética de local comercial. La cuantía a subvencionar será de máximo hasta el 50 % de la inversión a realizar, con un tope de 600 euros

Línea 7: Promoción de productos locales. La cuantía a subvencionar será como máximo hasta el 50 % de la inversión a realizar, con un tope de 1.000 euros

Línea 8: Realización de páginas WEB para venta y promoción de la actividad comercial. La cuantía a subvencionar será como máximo hasta el 50 % de la inversión a realizar, con un tope de 600 euros

El abono de la ayuda se efectuará una vez justificada la realización de la acción subvencionada.

BENEFICIARIOS.

Podrán solicitar los incentivos de la presente convocatoria, las personas trabajadoras autónomas y las empresas de cualquier forma jurídica, que desarrollen su actividad comercial y productiva en el municipio, formen parte de los sectores industrial, comercial y de servicio e inviertan en alguna de las siguientes líneas:

Empresas turísticas del Municipio para promoción del municipio.
Empresas industriales productivas de nueva creación.
Pequeño y mediano comercio de nueva creación.
Empresas industriales productivas ya existentes que se trasladen desde el casco urbano a alguno de los Polígonos Industriales, o zonas de influencia de los mismos.
Pequeño y mediano comercio que traslade el negocio a la zona comercial preferente definida por el Ayuntamiento.
Pequeño y mediano comercio que realicen mejoras estéticas exterior e interior de local comercial para hacerlos atractivos al cliente.
Empresas de productos artesanos locales para la promoción y comercialización de productos.
Empresas industriales productivas o pequeño y mediano comercio que vayan a realizar páginas WEB para venta y promoción de su actividad comercial.

REGLAMENTO SUBVENCIONES EMPRESARIOS SANTAELLA 2023

Anexo I Solicitud subvención empresarios 2023 DOC

Anexo I Solicitud subvención empresarios 2023 PDF

Anexo II Memoria descriptiva subvención empresarios 2023 DOC

Anexo II Memoria descriptiva subvención empresarios 2023 PDF

Anexo III Otras subvenciones DOC

Anexo III Otras subvenciones PDF