Las actuaciones a subvencionar serán:

  1. En el supuesto de empresas turísticas, la cuantía a subvencionar será de hasta 600 euros. Podrá ser objeto de ayuda:
    • La realización de catálogos, folletos, carteles y señales de localización
    • La inserción publicitaria en revistas especializadas
  2. En el supuesto de creación de  nuevas empresas, la cuantía a subvencionar será de hasta 3.000 euros. 
  3. En el supuesto de traslado al Polígono Industrial, la cuantía a subvencionar será de hasta 1.800 euros. En ambos casos podrá ser objeto de ayuda:
    • La adquisición de maquinaria.
    • La adquisición en régimen de propiedad de nave en el Polígono Industrial o zona de influencia del mismo.
    • Alquiler de la nave.
    • Adquisición de mobiliario y equipamiento.
    • Adaptación de la nave a la actividad a realizar.
  4. En el supuesto de creación de pequeño y mediano comercio. La cuantía a subvencionar será de hasta 1600 euros.
    • La adquisición de maquinaria.
    • La adquisición en régimen de propiedad de local.
    • Alquiler del local.
    • Adquisición de mobiliario y equipamiento.
  5. En el supuesto de reforma del local comercial, será objeto de subvención la mejora estética del local comercial. La cuantía a subvencionar será de hasta 600 euros.
  6. En el supuesto de traslado del comercio a la zona comercial preferente. La cuantía a subvencionar será de hasta 900 euros.
  7. En el supuesto de contratación indefinida por empresarios del Municipio a titulados universitarios medios y superiores, será objeto de subvención la contratación por empresarios locales de titulados medios y superiores exceptuándose el supuesto de contratación de familiares que se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad. La cuantía a subvencionar será de hasta 1.800 euros.
  8. En el supuesto de asociaciones de empresarios. La cuantía a subvencionar será de hasta 1.200 euros. será objeto de subvención:
    • Gastos de mantenimiento y funcionamiento
    • Gastos de promoción.
    • Gastos derivados de la organización de cursos o programas formativos de interés para los asociados.
  9. Concurso de Proyectos Empresariales "diseña tu futuro, hazlo ¡ahora!" que tiene por objeto incentivar el espíritu empresarial entre los jóvenes.
  10. Promotores de viviendas en régimen social
    • En el supuesto de V.P.O. que se promuevan en el municipio se subvencionará el 75 % de la cuota por licencia de obras.
    • En el caso de Viviendas en Régimen especial que se promuevan en el Municipio se subvencionará el 100 % de la cuota por licencia de obras.
    • La subvención será entregada directamente al adquirente de la vivienda a indicación del promotor.
  11. En el supuesto de promoción de productos locales , a través de la participación en ferias, subvencionando los gastos de inscripción, publicidad, promoción alquiler del espacio, servicios de acondicionamiento del stand, etc.; así como la promoción a través de cualquier otro medio como organizador de muestras de agricultura, artesanía, o del sector local que se quiera promocionar, subvencionando en este caso los gastos de promoción o publicidad, contratación o acondicionamiento del espacio expositivo, etc. La cuantía a subvencionar será de hasta 1.000 euros.
  12. Academias de Formación Homologadas para la realización de cursos gratuitos de interés social y empresarial a propuesta del Ayuntamiento. La cuantía a subvencionar será de hasta 1.200 euros y será en base a la petición que desde el Ayuntamiento se haga, valorada en función de la percepción del mismo de las necesidades formativas del municipio.