Podrán ser beneficiarios las asociaciones y/o entidades culturales, sociales y deportivas sin ánimo de lucro que reúnan los siguientes requisitos:

  1.  Que no hayan presentado solicitud en la anterior convocatoria ordinaria 2020 – 2021.
  2.  Que se encuentren debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Santaella.
  3.  Que desarrollen su actividad principal y tengan su domicilio social en el término municipal Santaella.
  4. No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 18 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS.
  5.  Tener a la fecha del inicio de la convocatoria la justificación de la subvención del año anterior, presentada en el registro del Ayuntamiento en tiempo y forma.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Santaella o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El plazo de presentación de solicitud se abrirá del 11 al 22 de junio de 2021. La convocatoria se publicará en los tablones de anuncios del Ayuntamiento, las redes sociales y en la página web del Ayuntamiento.

 

SOLICITUDES E INFORMACION

BASES REGULADORAS CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA SUBVENCIONES ASOCIACIONES 2021